Este espacio busca ser de utilidad para los emprendedores y ejecutivos del país. En este número se brinda información sobre cuáles son las posibilidades legales para formar una sociedad o compañía en nuestro país.
¿Qué dice la normativa legal vigente?
Establece que se pueden constituir diferentes tipos de sociedades, sean nacionales o extranjeras. La Ley de Inversiones vigente otorga al empresario extranjero los mismos deberes, derechos y garantías que a los nacionales.
_ ¿Qué establece una S.A?
Según Fundempresa, para esta categoría se debe presentar el acta única de los socios fundadores, que pueden ser dos o más, en la que participan mediante acciones. Se debe detallar la forma de organización de la administración que tendrá la nueva sociedad. Los estatutos de la sociedad deben estar aprobados por los accionistas y debe haber un registro de todos los movimientos financieros que la sociedad genere.
_ ¿Qué determina una S.R.L?
La Sociedad de Responsabilidad Limitada no podrá tener más de 25 socios y menos de dos. El fondo común está dividido en cuotas de capital que, en ningún caso, puede representarse por acciones o títulos valores. La participación de los socios en una S.R.L. se determina por porcentajes.
_ ¿Y las empresas extranjeras?
Pueden tomar distintas formas legales. Cuando la empresa a formar tendrá relación con una matriz en el exterior, la sociedad extranjera puede constituirse como una sucursal o una subsidiaria.
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