martes, 18 de junio de 2013

Comisión, Compensación, Competencia, Competitividad, Competitivo y Competitivo

Comisión: Acto, operación o servicio que una persona, llamada comisionista realiza en nombre o por cuenta de otra. Se denomina igualmente comisión a la suma cobrada por tal servicio. Las comisiones son pagadas generalmente a los intermediarios comerciales o financieros: a vendedores que colocan mercancías o servicios, a gestores que realizan diversas operaciones y a los bancos, cuando estos o frecen servicios específicos. Las comisiones bancarias están por lo general previamente estipuladas.

Compensación: Acto en virtud del cual un comerciante que tiene cuentas deudoras y acreedoras con una misma persona, cancela unas con otras, evitándose

con ello los inconvenientes que llevaría el cobro de esos créditos y el pago de esas deudas. Para que exista una compensación entre personas recíprocamente deudoras es preciso que tales deudas sean de una misma naturaleza; en general, el proceso opera cuando las deudas son líquidas.

Competencia: En economía se dice que existe competencia cuando diferentes firmas privadas concurren a un mercado a ofrecer sus productos ante un conjunto de consumidores que actúa independientemente, y que constituyen la demanda.

El término también se usa, en un sentido más coloquial, para aludir a las otras firmas que compiten por un mercado determinado: se habla así de "la competencia" para designar
a los competidores específicos que tiene una firma.

Competitividad: Capacidad de ser competitivo. Se dice que una empresa o industria tiene competitividad cuando es capaz de competir adecuadamente en el mercado.

Competitivo: Que puede competir adecuadamente en un mercado sin quedar en desventaja frente a los demás.

Este adjetivo se aplica indistintamente a empresas.

Conciliación: Acto mediante el cual se trata de persuadir a las partes de una disputa para que cesen en la misma o lleguen a un arreglo satisfactorio.

Se utiliza regularmente cuando estallan conflictos entre los sindicatos y las empresas, buscando evitar que los mismos deriven en huelgas u otras acciones de protesta.

La conciliación no implica, como el arbitraje, que se emita un fallo, sino que es simplemente una forma de acercar a las partes y hacerlas dialogar.

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