sábado, 22 de septiembre de 2012

Financiar personal DE SERVICIO - II

Aspectos legales en la contratación del personal de servicio Al contratar personal de servicio, también se deben tener en cuenta los aspectos legales, que de acuerdo a la legislación laboral boliviana, se pueden mencionar los siguientes: Trabajo del hogar: Se encuentran insertas dentro de la Ley General del trabajo (arts. 36 al 40) y actualmente esta modalidad de trabajo ha sido modificada por la Ley Nª 2450 de 09/04/03, norma que determina: Se puede efectuar en forma verbal o escrita, pero si excede de un año necesariamente debe hacerse por escrito y además deberá registrarse en la Policía. A falta del contrato escrito, se considera contrato indefinido, para aquellas personas menores de edad, se les debe conceder permiso para asistir a clases. 
No se considera trabajo del hogar, el desempeñado en locales de servicio y comercio, aunque sean realizados en casas particulares, tampoco se considerará trabajo del hogar aquel realizado sin horario o de manera discontinua (eventual). El trabajo del hogar está sujeto a un término de prueba de 90 días. Se deberá afiliar a la Caja Nacional de Salud, una vez demuestre estabilidad (pasado tresmeses de trabajo). El trabajo efectivo será de 10 horas para las que habitan en el hogar y de 8 horas para aquellas personas que viven fuera del lugar donde prestan el servicio. Gozará de un día de descanso a la semana y también descansará los días feriados. En cuanto a la vacación, se regirá de acuerdo a lo determinado por la Ley General del Trabajo. Si se retira injustificadamente a la trabajadora, el empleador deberá cancelar un mes de sueldo por cada año trabajado y si no llega a un año, deberá pagar las duodécimas correspondientes. Si se retira voluntariamente la trabajadora y tiene cinco o más años continuos de servicios, percibirá indemnización por todo el tiempo de servicio, si no ha cumplido los cinco años, no tiene derecho a indemnización por tiempo de servicio, ni desahucio. Si el empleador desea despedir a la trabajadora del hogar, deberá dar un preaviso con 45 días de anticipación, si incumple deberá pagar conjuntamente a sus beneficios sociales el desahucio por la misma cantidad de tiempo y si la trabajadora del hogar quiere retirarse, debe dar un preaviso al empleador con 15 días de anticipación, en caso de incumplir, deberá descontársele a sus beneficios igual monto. En caso de acoso sexual o abuso, agresión física por parte de empleadores o parientes, la trabajadora dará aviso a la brigada de protección a la mujer y familia, Fiscalía, Policía y/o Ministerio Público; igualmente, el empleador podrá acudir a las mismas instituciones en caso de ser la trabajadora la que realice esas acciones. La discriminación legal que existe con relación a otros tipos de contratos, es que en el hogar no existe lucro o ganancia; además, que en este tipo de trabajos se les facilita casa, comida e incluso ropa especial, lo cual posibilita a la trabajadora disminuir gastos. Es aquel que se realiza en forma continua, para un solo empleador, en servicios propios del hogar, como ser: limpieza, lavandería, cuidado de niños, etc. 
Recomendaciones Para tener una correcta administración de gastos consideramos necesario seguir las siguientes recomendaciones: El gasto en personal de servicio NO debe ocupar más del 10% de los ingresosmensuales. Auto-educarse o aprender a realizar los trabajos uno mismo. Usar la Maquina Lavadora para el lavado de la ropa. Administrar y distribuir mejor el tiempo. Aprovechar el tiempo en realizar las tareas de la casa para compartir con la familia. Dar recompensas para los hijos por realizar algunas tareas de la casa.

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